No debiera ser un error común, pero lo es, cada año el CMT deniega permisos PVR a estaciones de servicio, porque al cubrir dichos permisos en el apartado IAE se pone el código de la gasolinera.
También es habitual que los estanqueros llamen al CMT preguntando: ¿Puedo venderle tabaco a una gasolinera? Y que el funcionario de turno, no sin razón, pero sin darle muchas más explicaciones le diga que “NO”.
Sin embargo, la realidad desmiente todo lo anteriormente dicho porque es habitual cuando vamos a repostar encontrarnos una máquina expendedora o productos de venta manual detrás del TPV del mostrador. De ahí la pregunta que encabeza este artículo, y que, como abogados expertos en estancos, intentaremos responder a continuación: ¿Puede una gasolinera vender tabaco?
Ley 42/2010 de venta de tabaco en estaciones de servicio
En este sentido es la Ley 42/2010 de 30 diciembre en su punto 3 la que viene a aclarar lo anteriormente expuesto “…. Se podrá vender tabaco en las tiendas de conveniencia que estén ubicadas en estaciones de servicio …”
Si entendemos por gasolinera aquel espacio físico destinado a la venta y suministro de gasolina u otros combustibles, en estos establecimientos no se puede vender tabaco. Y es que la ley es clara a este respecto, es necesario que exista una tienda de conveniencia que faculte la venta con recargo.
Es lo que en su día los expertos en tabaco dimos a conocer como cláusula Repsol, aunque posteriormente se colaron todas las demás, ya que muchos pensaron que detrás de este cambio legislativo (casi seguro sin ningún fundamento) estaba la compañía petrolera buscando la venta cruzada de muchos otros productos.
¿Qué es una tienda de conveniencia?
La Ley entiende que las tiendas de conveniencia son aquellas que cuentan con una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 500 metros cuadrados.
La definición de tienda de conveniencia deja fuera de la posibilidad de vender tabaco a ciertas gasolineras que son meros surtidores como las que nos podemos encontrar en las grandes ciudades, puertos, etc… ya que además establece la obligatoriedad de surtido de productos.
¿Pueden entonces vender tabaco las tiendas de conveniencia ubicadas en estaciones de servicio?
Pues la respuesta vuelve a ser negativa. En este sentido es necesario abrir todos los días del año al menos 18 horas al día. Es decir que aun teniendo una tienda de conveniencia con dos empleados a jornada completa de mañana y tarde no cubrirían la amplitud de horario que marca la norma, lo que hace que en algunas estaciones de servicio se planteen ampliar su horario para poder vender tabaco.
Declaración jurada
Muchos estanqueros estaréis pensando que en todo caso no será difícil que las estaciones de servicio puedan incumplir o burlar la ley. Pues no resulta tan fácil, es frecuente que lleguen a nuestras oficinas de abogados expertos en estancos denuncias por este motivo.
Y es que el CMT exige que la licencia se acompañe de una declaración jurada al efecto. Lo que se jura es que se trata una tienda de conveniencia, es decir, que se cumplen todos los requisitos de superficie, diversidad de producto y horario.
Sanciones por incumplimiento de la Ley 42/2010 de venta de tabaco en estaciones de servicio
Si juramos que abrimos más de 18 horas y en nuestro horario de la puerta establece un horario inferior o un horario explícito de más de 18 horas pero que no se cumple, la patrulla fiscal de la Guardia Civil con una simple foto desmontará fácilmente la declaración jurada levantando acta.
Muchas gasolineras firman declaraciones juradas diciendo que tienen una tienda de conveniencia y abren solo dos turnos, 16 horas en el mejor de los casos. Algunas tampoco cumplen el requisito de la diversidad de productos, pero en eso el CMT no profundiza.
¿Y si compramos un estanco y lo instalamos en una tienda de conveniencia de una Estación de Servicio?
Como abogados expertos en estancos, y nos hemos encontrado con múltiples casos a lo largo de nuestra dilatada carrera profesional. Imaginemos por un instante que somos propietarios de una estación de servicio abanderada (cuyo propietario no es una cadena como Repsol, Galp, Cepsa etc…) y en el entorno de 1.500 metros se vende una licencia de estanco.
Se podría plantear la posibilidad de que se nos pasara por la cabeza comprar dicha licencia, ponerla dentro de nuestra tienda de conveniencia y vender tabaco sin los recargos que soportan estos establecimientos.
Pues sáquense esa idea de la cabeza porque esta posibilidad no es tangible ya que La Ley establece una distancia mínima entre cualquier estanco y un surtidor de carburante.
Conclusiones
- Si tenemos que solicitar una licencia a una gasolinera nunca debemos poner en el código IAE el código de la gasolinera porque estas no pueden vender tabaco.
- Son las tiendas de conveniencia de las estaciones de servicios con surtido y menos de 500 metros cuadrados quienes pueden vender tabaco.
- Para ello es necesario que la tienda abra todos los días más de 18 horas diarias.
- Se podrá vender tabaco en las máquinas expendedoras y manualmente los cigarros y cigarritos provistos de capa natural siempre y cuando en la licencia se hayan marcado ambas casillas.
- La solicitud de licencia al CMT debe ir acompañada de una declaración jurada por parte del titular del establecimiento que acredite la existencia de una tienda de conveniencia en la estación de servicio, que existe un adecuado surtido y el horario de la tienda de conveniencia de la estación.
- Que las sanciones por incumplir dicha declaración son elevadas y que la patrulla fiscal inspecciona frecuentemente el cumplimiento de los horarios.
13 Comentarios. Dejar nuevo
Por qué en estos momentos de alarma sanitaria no se prohíbe la venta y consumo de tabaco? El tabaco es causante del 90% de enfermedades respiratorias
Buenas tardes, siendo un tema muy difícil y delicado como decimos al principio, le invitamos a que lea nuestro artículo sobre el particular: https://www.expertosenestancos.com/estancos-abiertos-en-crisis-coronavirus/
Gracias y saludos
Más muertes hay por culpa del alcohol y coches y no los prohíben ¿porque no te vas andando ?pues de percibir el tabaco.nada amigo eso es coartar la libertad de las personas.
Estoy obligada a vender tabaco x la noche en una gasolinera
Hola
Qué horario tienen las gasolineras para vender tabaco?
Según me dicen a partir de las 21h no pueden vender tabaco por ley
Está obligado el trabajador de dicha gasolinera a operar en la máquina de tabaco para facilitar el tabaco al cliente en el actual estado de alarma y como consecuencia teniendo la puerta de dicha tienda cerrada sin que puedan entrar clientes?
Edgar totalmente en desacuerdo con tu comentario, precisamente por este estado de alarma los cierres de establecimientos y los horarios en este estado de alarma para los que tenemos la desgracia de ser fumadores no tendría que haber problema a la hora de comprar
Hola, entiendo por este articulo y por este párrafo.
«Muchas gasolineras firman declaraciones juradas diciendo que tienen una tienda de conveniencia y abren solo dos turnos, 16 horas en el mejor de los casos. Algunas tampoco cumplen el requisito de la diversidad de productos, pero en eso el CMT no profundiza.»
Que si declarando que tienes una tienda de conveniencia con horario de 16 horas y pides una licencia.
Puede que te venga concedida y en este caso no te puedan sancionar por no cumplir el horario de 18 horas.
Lo normal no seria que se denegara al no cumplir el 100% de los requisitos de una tienda de conveniencia.
No se si muchas gasolineras que no llegan a esas 18 horas de apertura de la tienda se han acogido a esto para intentar vender tabaco.
Agradecería cualquier aclaración.
Buenos días, el hecho de que el CMT autorice un PVR no quiere decir ni mucho menos que no pueda sancionarse; no comprueban la concurrencia de requisitos en ese momento. Por ejemplo, si es uno de los 3 estancos más cercanos; si se hace inspección y no lo es, sancionarán y no valdrá tener autorización. Saludos,
¿Se puede vender tabaco en las gasolineras de madrid por la noche?
Buenos días, este tipo de cuestiones deberán resolverlas/aclararlas (si son capaces) las autoridades competentes. Saludos,
Hola, trabajo en una estación de servicios ( gasolinera ) que tiene un horario de 24 horas con una tienda de conveniencia. La tienda por la noche esta cerrada y atendemos por le cajón nocturno.
Se puede vender tabaco por la noche?
Buenos días, no vemos problema alguno (obviamente cumpliendo controles legales, menores edad, etc). Saludos y gracias