¿CÓMO AFECTAN A LOS ESTANCOS LAS MEDIDAS LABORALES Y ECONÓMICAS PARA PALIAR LA CRISIS CORONAVIRUS?
Los efectos de la crisis del coronavirus “Covid-19” y estado de alarma declarada afectan de modo singular a los estancos -que como todo el mundo sabe se han excluído de la obligación de cierre o suspensión de actividad- ; salvo contadas excepciones, lo cierto es que por una u otra razón (pérdida del 2º canal o PVR, reducción de horarios, cambios de clientela -el residente en lugar del trabajador… etc etc. y en definitiva el propio estado especial)- sus efectos se hacen notar se hacen notar ya en las cajas de los estancos. Aún con la inseguridad jurídica que existe actualmente y las posibles variaciones de un día para otro, queremos hacer algunas consideraciones sobre este tema, que lógicamente preocupa mucho en el sector.
MEDIDAS ECONÓMICAS PARA LOS AUTÓNOMOS.
El Decreto ley aprobado por el gobierno español establece que todos los autónomos con pérdidas severas, también los societarios y los empleadores, pueden acceder a una prestación extraordinaria por cese de actividad y quedarán exonerados de pagar las cuotas a la Seguridad Social.
Estas medidas en principio durarán un mes, pero no se descarta que se prorroguen por más tiempo y se cobrará a mes vencido. Durante ese tiempo se calculará el importe a percibir con el 70% de la base reguladora o con el 70% de la base mínima cuando no se pueda acreditar el periodo mínimo de cotización para tener derecho a la prestación.
Los beneficiarios serán autónomos cuya actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 74% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.
Para solicitar la ayuda tan sólo tendrán que presentar en su mutua una declaración jurada de cómo se ha visto afectado su negocio por la crisis del coronavirus.
El tiempo de percepción de esta prestación se entenderá como cotizado y no reducirá los periodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario puede tener en el futuro.
Para poder solicitarla los autónomos deben de estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social y si en la fecha de la suspensión de la actividad o de la reducción de la facturación no se cumple este requisito se deben abonar las cuotas debidas en un plazo de 30 días naturales.
Esta prestación se puede solicitar ante la mutua con la que tenga cubiertos los riesgos profesionales los autónomos o ante el Servicio Público de Empleo (SEPE).
De esta forma se rectificaba una primera decisión del gobierno ya que finalmente los autónomos podrán cobrar el paro y dejar de pagar la cuota de autónomos sin tener necesidad de darse baja en Hacienda, ni en la Seguridad Social como se planteó en un inicio.
EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO EN EL CASO DE LOS AUTÓNOMOS EMPLEADORES
Aquellos autónomos que tengan trabajadores a su cargo y hayan tenido que cerrar por la declaración del estado de alarma o hayan visto caer su facturación un 74% pueden presentar un ERTE para sus trabajadores y solicitar la prestación por cese de actividad si cabe.
Así pues, los propietarios de Estancos pueden suspender de manera temporal los contratos de sus empleados o reducir la jornada laboral de estos. De esta forma, todos los autónomos con empleados a su cargo podrán solicitar un ERTE como forma ideal para evitar despidos masivos y que la crisis para los negocios sea temporal.
Además, los autónomos que soliciten un ERTE y que les sea concedido estarán exonerados de abonar la cuota de sus empleados a la Seguridad Social.
También se ha modificado la regulación de los ERTE para que los asalariados que vean reducida su jornada o que les sea suspendida su actividad pueda cobrar el paro, aunque no hayan cotizado los 360 días mínimos en 6 años que exige la regulación actual. Además de que el cobro de esta prestación no descomputará a efectos de la prestación por desempleo, no reduce los días de paro a los que ya tendrían derecho.
SUSTITUIR EL ERTE POR VACACIONES OBLIGATORIAS PARA LOS EMPLEADOS ¿ES LEGAL?
Hay empresas, sobre todo del sector turístico, que han optado por no presentar un ERTE y han mandado a casa a parte de sus trabajadores a cuenta de sus vacaciones. Esto se ha planteado también en el caso de los Estancos y Administraciones de Loterías, pero … ¿Es legal?
Lo que debemos de tener claro es que las vacaciones obligatorias no son posibles y menos cuando se pretenden establecer de un día para el otro. Y es que para que una empresa pueda imponer a sus empleados las vacaciones en una fecha determinada tienen que ser concretadas por mutuo acuerdo bien en el momento del contrato, por acuerdo tácito o en el convenio colectivo, pero debe existir acuerdo previo
Además, deben ser comunicadas al trabajador las fechas de su periodo vacacional obligatorio con al menos dos meses de antelación, según el artículo 38 del Estatuto de los trabajadores.
Aun así, puede que algunos trabajadores las acepten ante las actuales circunstancias, pero no tienen por qué. En todo caso, no se puede hablar de vacaciones en un escenario de restricciones a la libertad de movimiento como supone este estado de alarma.
LA SITUACIÓN DE LOS ESTANCOS
Tras las largas colas del pasado Viernes 13 de Marzo cuando los ciudadanos empezaron a vislumbrar que la situación podía cambiar en cualquier momento y el acopio de tabaco ante un eventual cierre de los mismos, los estancos han vivido esta semana una situación bien distinta.
Por un lado, los estanqueros se encuentran ante una situación sanitaria alarmante para aquellos que están al frente de los mismos, lo que ha conllevado en muchos casos una reducción significativa del horario de apertura con la finalidad de reducir, en la medida de lo posible, la probabilidad de un contagio.
Por otro lado, está la situación económica que, aunque menos preocupante de la de aquellos que han tenido que cerrar sus negocios, viven con recelo ante nuevas medidas del gobierno mucho más restrictivas.
Las ventas han caído notablemente esta semana, en zonas turísticas se ha notado de forma más acusada y ante la semana santa (que ya no será tal) las expectativas no son mejores. La cantidad de personas que han entrado en el estanco es sensiblemente menor y la venta cruzada de otros productos ha descendido.
Con esto y con todo no habrá estanco que no sufra un descenso en sus ingresos pero no tan alarmante como para que la facturación caiga un 74% en relación al mes anterior o al promedio de ventas del semestre anterior como les solicita el gobierno para acceder a las medidas económicas del Decreto Ley.
En todo caso los estancos no podrán cerrar sus puertas a no ser que soliciten al Comisionado Nacional para el Mercado del Tabaco (CNMT) el permiso de vacaciones de un mes estipulado para los estanqueros.
Ante estas circunstancias todos los estanqueros se verán obligados con total seguridad a hacer frente a la cuota de autónomos, a los salarios y seguridad social de los empleados, a los costes de la mercancía, al canon concesional, a los alquileres etc … con unos ingresos sensiblemente inferiores.
Sin duda esta situación se verá agravada en aquellos estancos que cuentan con un número significativo de PVRs entre su cartera de clientes. Sin los ingresos del segundo canal los estanqueros se verán obligados a despedir y a pagar las indemnizaciones correspondientes a aquellos empleados que realizan la carga de las máquinas con gestión delegada y lo tendrán que afrontar sin poder acudir a un ERTE si su facturación no cae un 74%.
Todavía no tenemos datos de cuánto va a afectar esta crisis al sector, pero se estima que la facturación puede caer entre un 20% y 30%.
24/03/2020 – expertosenestancos.com
3 Comentarios. Dejar nuevo
[…] por el Gobierno indicadas anteriormente’. Medidas que analizamos en otro artículo anterior (https://www.expertosenestancos.com/coronavirus-estancos/) y que como todos sabemos (se supone que también esas personas que se reunen) van dirigidas muy […]
[…] muchas lagunas y aspectos inconclusos hemos ido desgranando en el artículo anterior https://www.expertosenestancos.com/coronavirus-estancos/ y que poco o nada vienen a paliar las consecuencias que la crisis está generando en el […]
No llegó a entender que dos estancos en una misma población de 7000 habitantes, soliciten reducción de jornada de cuatro de 9h a 13 el resto del día sin servicio